1. Incurrirán en la pena de multa de ocho a doce meses los que, para ofender los sentimientos de los miembros de una confesión religiosa, hagan públicamente, de palabra, por escrito o mediante cualquier tipo de documento, escarnio de sus dogmas, creencias, ritos o ceremonias, o vejen, también públicamente, a quienes los profesan o practican.Este artículo (y sus acompañantes) deberían desaparecer del código. Para empezar, por inaplicables. Para seguir, por discriminatorios (sólo es delito mofarse de las creencias religiosas, no de las creencias, por ejemplo, personales). Y para terminar, porque lo justo sería que si existe, también se aplicara este artículo a la inversa, es decir, para multar a aquellos religiosos que hacen, abusando de su posición, escarnio de las creencias democráticas. Pero esto no ocurrirá. Las creencias democráticas no están protegidas. Hoy quizás no estarían protegidos ni los versos de Baudelaire, ni las obras de Nietzsche. ¿La teoría de la evolución es blasfema? ¿Lo es la ciencia?
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Encima es un artículo que castiga intenciones: no está penada la conducta ofensiva (si no, estaríamos todos condenados ya), sino las conductas con intención ofensiva. Y eso no se puede medir, vamos, creo yo que no.
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Hablar contra los que no profesan ninguna religion tambien está penado, pero todavia no he visto a ningun cura en la carcel por decir que vamos a ir al infierno o que somos unos pobres locos por no creer en dios, y sin embargo, si he visto como un policia se llevaba a un chico al calabozo de comisaria durante mas de un dia por decir "me cago en dios" en el metro porque una señora le habia pisado |
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